Posted by oviaragon
El BOA publica el día 6 de julio, la Orden AGM/997/2022, de 27 de junio (ver orden), por la que se convocarán subvenciones para la adaptación de la ganadería extensiva a los retos ambientales y a los desafíos socioterritoriales para el año 2022.
La explotación debe estar inscrita en el Registro General de Explotaciones Ganaderas, y tener el ganado identificado y saneado de acuerdo con la normativa aplicable al efecto.
¿Quién se puede beneficiar?
Personas o entidades titulares de explotaciones ganaderas extensivas de ganado menor (ovino y caprino) en zonas de presencia del oso pardo y/o del lobo:
– Ubicadas en los municipios descritos en el anexo III o que, no estando ubicadas en esos municipios, puedan acreditar la utilización de pastos en alguno de los citados términos municipales, al menos un mínimo de 90 días seguidos.
– Explotación inscrita en el REGA, y tener el ganado identificado y saneado.
– Tener contratado un seguro ganadero que cubra las incidencias provocadas por fauna silvestre en vigor en la fecha de presentación de la solicitud.
– No superar el umbral de acumulación de ayudas en régimen de mínimis de 20.000 euros en un período de tres ejercicios fiscales.
¿Qué gastos son subvencionables?
Los realizados desde el 1 de noviembre de 2021 hasta el 30 de octubre de 2022, siempre que se cumplan los requisitos de esta Orden y se ejecuten en los términos municipales comprendidos en el anexo III (según el BOA, en espera de la convocatoria).
– La adquisición de vallados fijos o portátiles para el ganado (el solicitante deberá adquirir el pastor eléctrico o acreditar estar en posesión del mismo).
– La adquisición de pastores eléctricos.
– Obras para la implantación de los bienes y equipos subvencionables.
– La adquisición de perros de raza mastín en cualquiera de sus variantes (montaña de los Pirineos, mastín del Pirineo, mastín español), puros o procedentes de cruces acreditados entre ejemplares de estas razas, las actuaciones obligatorias para su inscripción en el registro de identificación de animales de compañía (RIACA) y la suscripción de seguros de responsabilidad civil. Máximo de 2 mastines por explotación ganadera que posea hasta 500 cabezas de ganado y 1 mastín más por cada 250 cabezas de ganado adicionales que disponga la explotación, hasta un máximo de 4 mastines por solicitante.
– Localizador GPS para ovino/caprino y complementos.
¿Cuánto es la cuantía de la subvención?
El importe máximo a conceder a las personas beneficiarias se calculará así:
Pago de hasta el 100% del coste de la actuación, con un máximo de 6.000 euros por titular y año en su conjunto, para la siguiente tipología de actuaciones:
– Adquisición e instalación de vallados fijos o portátiles para el ganado, hasta un máximo de 3.000 euros por titular y año.
– Adquisición e instalación de pastores eléctricos, hasta un máximo de 3.000 euros por titular y año.
– Adquisición de perros de raza mastín hasta un máximo de 600 euros por perro y de 300 euros por perro para el resto de las razas.
– Suscripción de seguros de responsabilidad civil para la tenencia de perros mastines, hasta un máximo de 200 euros por perro.
– Dispositivos GPS, explotaciones de más de 100 hembras el número mínimo de dispositivos será de dos, no pudiendo superar el 2% del censo. El importe máximo es de 2.000€.
– Antenas para los dispositivos GPS , máximo ayuda 500€.
Además, se establece una ayuda por explotación, en base al número de cabezas. El importe máximo de la ayuda será de hasta 6 €/cabeza, con un límite máximo subvencionable de 2.000 cabezas de más de un año de vida por explotación, y un límite mínimo de 100 cabezas.
Plazos de solicitud: en espera de la convocatoria oficial
Tramitación solicitud por vía electrónica.
Iremos ampliando información.
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